El conocimiento científico es parte de los derechos humanos

En la presentación anterior las razones para dedicar tiempo a la divulgación quedaban un poco cojas. Faltan los dos argumentos más potentes. La divulgación es una obligación moral por dos razones:
1.- Al estar financiada con fondos públicos, se le debe devolver el resultado a los contribuyentes
2.- Aún no siendo pública, el conocimiento es un derecho humano:

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Esto de los Derechos Humanos en ocasiones suena a buenismo de los años 60, a brindis al sol, a hippies, a Mafalda... Sin embargo, en mi opinión, son uno de los mayores logros de la humanidad. La idea de ir estableciendo unos mínimos para toda la especie en todo el planeta es sencillamente maravillosa.

Dentro de la estructura de los tratados internacionales que conforman esos Derechos Humanos (que arranca formalmente con la declaración universal de 1948), en 1966 se aprobaron dos pactos internacionales, uno de ellos el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (ver BOE de 1977 en que se adopta como legislación Española).

En el artículo 15 de dicho pacto se puede leer :

(Apartado 1) "Los Estados .. reconocen el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del progreso científico.."
(Apartado 2) ".. Los Estados .. deberán .. asegurar .. la difusión de la ciencia y de la cultura"

Es muy lógico que en una sociedad cada vez más basada en la ciencia y la tecnología, el disfrute de esos avances sea cosa de todos. También lo es que para tomar decisiones democráticas en esa sociedad, la ciudadanía necesite un razonable entendimiento de las cuestiones sobre las que habrá de decidir. Pero que esa lógica se vea plasmada en textos legales internacionales es fantástico.

Y esto lo descubrí en la charla de la genial Natalia Ruiz Zelmanovitch (VER AQUI) en Naukas16


En 2013 publicaba +Javier Salas en Materia "El acceso a la ciencia y sus beneficios, un derecho humano olvidado".

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